www.clausulasuelosimulador.es/
La web arriba indicada es muy útil porque desglosa mensualmente cuanto tiene que devolverte el banco
por la cláusula suelo, (según la reciente noticia:
tras aplicaciones como la de la OCU te realizan el calculo hasta fecha de hoy pero si han dejado de
cobrarte la cláusula hace algun tiempo no sería útil.
Además esta aplicación tiene en cuenta intereses iniciales distintos al diferencial estandar para la vigencia
de la hipoteca, .... por lo que puede ser un estimación bastante precisa para casi todo el mundo.
Al devolver la información desglosada en tablas se puede constrastar la información y guardar los
resultados obtenidos que pueden ser muy útiles. Así podremos contrastar que el pago que hicimos se
correponde con el calculado por la aplicación para corregir posibles errores en la introducción de datos
del formulario.
Intentar recopilar los recibos pagados o algun extracto de "cuadro de amortizaciones" para contrastar la
información.
Pónganse en contacto con alguien de confianza que os ayude a recuperar vuestro dinero y cuidado con los
¡¡OPORTUNISTAS Y LISTOS!! QUE SACAN PARTIDO DE TODO. ¡¡Cuidado con los engaños!!
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viernes, 23 de diciembre de 2016
miércoles, 21 de diciembre de 2016
El Tribunal Europeo ordena la devolución total de las cláusulas suelo de las hipotecas
La Justicia europea ha dado esta mañana una buena noticia a los aproximadamente tres millones de españoles que tienen contratadas hipotecas con cláusulas suelo al declarar incompatible con el derecho comunitario la decisión del Tribunal Supremo de limitar los efectos retroactivos de su devolución en los casos que se ajusten a los criterios para declararlas abusivas y nulas en mayo del 2013. Los bancos van a tener que devolverles todo lo que les han cobrado de más en virtud de estas cláusulas,hasta 7.500 millones de euros en total, de acuerdo con diferentes estimaciones.
Unmute
Contra este fallo ya no cabe recurso, aunque no tiene efectos prácticos inmediatos para los afectados, que deberán acudir a los tribunales para recurrir. Las acciones de los bancos españoles más expuestos a las cláusulas suelo -Liberbank, Banco Popular, Sabadell y Caixabank- caían hasta el 11% en Bolsa tras conocerse la sentencia europea.
Las cláusulas impedían a sus titulares beneficiarse de rebajas por debajo de un umbral predeterminado
Las cláusulas suelo estaban incluidas en muchas de las hipotecas a tipo de interés variable firmadas durante los años del boom en España e impedían a sus titulares beneficiarse de posibles rebajas por debajo de un umbral predeterminado. El Tribunal Supremo estableció el pasado 9 de mayo del 2013 la doctrina para declarar abusivas y nulas estas cláusulas, entendiendo que los consumidores no habían sido informados adecuadamente de sus implicaciones prácticas.
Sin embargo, alegando razones de seguridad jurídica y estabilidad financiera, decidió limitar en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad, de modo que los bancos sólo tenían que devolver a los clientes las cantidades cobradas de más a los clientes a partir de la fecha en que dictó sentencia.
Carácter abusivo”
No todos los clientes se quedaron conformes. Algunos siguieron luchando en los tribunales para que se les devolviera las cantidades íntegras pagadas indebidamente desde la firma de los contratos. Un juzgado de Granada y la Audiencia provincial de Alicante decidieron elevar varias preguntas prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para aclarar si la sentencia del Supremo es conforme con el derecho comunitario y poder resolver varios casos acumulados. El informe preliminar del abogado general del Tribunal europeo avaló en julio la decisión del Supremo pero la sentencia final ha ido por la dirección contraria.
“El Derecho de la Unión se opone a una jurisprudencia nacional en virtud de la cual los efectos resolutorios vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante se declara su carácter abusivo”, afirma el fallo judicial dictado esta mañana en Luxemburgo. Lo contrario, alega, no daría una protección eficaz al consumidor, de acuerdo con los previsto por la directiva europea y limitaría el “efecto disuasorio” de declarar nulas unas cláusulas abusivas.
Los bancos deben restituir “las ventajas obtenidas indebidamente”
“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”. Es decir: el resultado del proceso debe ser que el profesional, en este caso los bancos, restituyan “las ventajas obtenidas indebidamente en detrimento del consumidor”.
La limitación en el tiempo que fijó en su día el Tribunal Supremo español resulta en “una protección incompleta e insuficiente de los consumidores que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la directiva”, concluyen los jueces españoles.
El Banco de España dio a conocer un informe que estima en 7.500 millones la cantidad a pagar
Durante la vista oral del juicio celebrada en Luxemburgo, el Banco de España dio a conocer un informe que estima en unos 7.500 millones de euros la cantidad afectada por la potencial declaración de retroactividad total de la nulidad de las cláusulas. La cantidad final que las entidades bancarias tendrán que desembolsar dependerá de cuántos clientes se animen a ir a los tribunales para recurrir y de la cantidad de casos que los jueces consideran que se ajustan a las directrices del Supremo sobre cláusulas suelo abusivas.
La directiva sobre protección de los consumidores de 1993 en que se basa la sentencia de hoy es la misma que ha obligado al gobierno español a reformar en varias ocasiones la ley hipotecaria, en particular cláusulas que afectaban a la posibilidad de los particulares de defenderse de las órdenes de desahucio.
En general, los titulares de las hipotecas con cláusulas sólo suelo fueron conscientes de las implicaciones jurídicas y económicas de sus contratos cuando descubrieron que no podían beneficiarse de la fuerte caída de los tipos de interés registrada a partir del 2009. El euríbor ha seguido bajando desde entonces y lleva casi un año en negativo.
Fuente: http://www.lavanguardia.com/economia/20161221/412775721958/hipotecas-clausula-suelo-banco-devolver-union-europea.htmlRelacionada: http://jesusmgcia.blogspot.com.es/2013/05/clausulas-abusivas-suelo-en-las.html
martes, 26 de noviembre de 2013
Me han "suprimido" las clausulas Suelo y techo
Al fin he conseguido liberarme de esa carga injusta que he soportado durante años y puedo hacer frente a una cuota asequible y "lógica" de hipoteca. Siguiendo los pasos del anterior artículo aquí expuesto, despues de batallar mucho con mi sucursal y rezachar intentos de "soborno" irrisorios. He conseguido firmar ante notario la nulidad de la clausula suelo y techo. Yo he tenido que hacerme cargo de los gastos de notaria y gestión que en mi caso han ascendido a unos 600€. (Inicialmente el banco me solicito mas de 1000€ también .. pero eso es otra película)
No dejar de reivindicar lo que os pertenece, sed insistentes (muchísimo) en vuestra sucursal y dejar claro que por mucho que nos lo vendan es un abuso. No se puede hacer super negocio con los recursos sociales.
No dejar de reivindicar lo que os pertenece, sed insistentes (muchísimo) en vuestra sucursal y dejar claro que por mucho que nos lo vendan es un abuso. No se puede hacer super negocio con los recursos sociales.
martes, 2 de julio de 2013
Brillante ... una paella en 5 minutos?!!! ummmm magnífica idea. Saludable, rápido y riquísmo
Ya hablé sobre el proyecto de brillante en Trnd, pues bien he tenido la inmensa suerte de formar parte del equipo de degustación. Desde este enlace podéis ver las fotos de la gente que van recibiendo sus productos: http://brillante-a-la-sarten-arroz-fideua.trnd.es/galeria-de-fotos/ , a lo mejor estáis en la galeria del próximo proyecto si os apetece. Yo he organizado una cenita y ya he repartido las primeras muestras. Estoy esperando las opiniones para completar los cuestionarios y enviarlos. Podéis participar en futuros proyectos. Os animo a que conozcais este en concreto. Aun no he podido probarlo. Espero hacerlo en estos días para poder compartir mi opinión con el resto de internautas. ¡La idea es magnífica! Démosle una oportunidad.
viernes, 31 de mayo de 2013
Clausulas abusivas suelo en las hipotecas
Ultima hora:
Máxima difusión,
aquí la sentencia del Tribunal Supremo sobre la Clausula Suelo.
http://s01.s3c.es/imag/doc/ 2013-06-04/pg.4sentencia.pdf
1er paso:
Que esta sentencia se aplique no solo a estos bancos sino CONTRA TODOS LOS QUE HAN ABUSADO DE LA NECESIDAD DE LOS COMPRADORES Y DE AQUELLOS QUE SOLO QUERÍAN TENER UN HOGAR PARA TENER FAMILIA y que podrían pagar una hipoteca justa, pero no la que nos están EXIGIENDO PAGAR.
2º paso
Si no se devuelve el dinero cobrado abusivamente a los usuarios en pago único e inmediato, que se haga realizando un descuento en el capital a devolver y se recalcule el pago mensual SIN LA CLAUSULA ABUSIVA DE SUELO.
· En mi caso tengo un suelo del 3.5 y un techo del 14%, ¡¡INCREIBLE!!
En el momento económico en el que se encuentra España, y después de que el telediario nos bombardee diariamente con noticias sobre casos de corrupción y apropiación indebida de dinero público. Ningún organismo público de libra de la corrupción desde el poder judicial, al polítco y hasta vínculos de la casa real, nuestros ayuntamientos están rebosantes de cargos sin cualificación elegidos a dedo y que las cajas y bancos hallan sido los mas fieles aliados de partidos políticos que hacen y deshacen a su antojo, aún quieren hacernos creer que ésta situación es culpa de los ciudadanos y nos intentan vender que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades. Esto se encargan de notificarlo políticos que declaraban públicamente que con sus apenas 5000 € de sueldo mensual también tenían problemas para llegar a fin de mes. Èsta es la realidad de nuestro país y nuestra Europa, mientras millones de familias viven exprimidas por sus decisiones y las empujan literalmente al vacío.
En ésta tesitura para aquellos que quieran eliminar de su hipoteca la clausula abusiva de suelo deben:
1º - Interponer una reclamación contra su banco dirigida al departamento de atención al cliente.
Se adjuntarán datos personales, documentación como escrituras .. y nos quedaremos con una copia sellada para probar la fecha de entrega. Alegaremos lo abusivo de dicha clausula y en caso de no habérsenos entregado una documento (oferta vinculante) previo a la firma de notaria donde se nos explicaba las condiciones de nuestra hipoteca, también lo alegaremos. Haremos referencia a que dicha clausula convierte nuestra hipoteca en un hipoteca de interés FIJO en lugar de variable (como normalmente son: Euribor + diferencial) y que distorciona por tanto el carácter del acuerdo y no se rige por las condiciones del mercado. Os habrán puesto un techo enorme astronómico (del 11% ..) alegarlo también. Podéis encontrar modelos por internet para tener una plantilla de comienzo o algunas ideas. Vuestra entidad también podrá entregaros un formulario estándar para presentar las quejas.
2º Si os contesta con negativa o pasan dos meses desde vuestra alegación contra la entidad y no responden: Reclamación del mismo modo presentada ante el banco de España. Puede presentarse teleematicamente con el DNI-e o certificado digital. :
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/
CUIDADO CON LOS ACUERDOS PRIVADOS QUE OS PUEDAN OFRECERE LAS ENTIDADES SI INTERCEDE EL BANCO DE ESPAÑA. INTENRARÁN VOLVER A ENGAÑAROS Y QUITARSE UNA RECLAMACIÓN. NO PODEIS INTERPONER UNA RECLAMACIÓN POR EL MISMO MOTIVO Y MISMA ENTIDAD DOS VECES ANTES EL BANCO DE ESPAÑA.
Yo tengo un suelo de 3.5 % y techo del 14% me han ofrecido una cruel rebaja al 2,75 durante un año para que quitase la reclamación.
Llegados a este punto: si el informe del banco de España es favorable (resuelve falta de transparencia ...) podeis optar por la vía judicial a nivel individual (ESTO CONLLEVA COSTES) o através de asociaciones colectivas como ADICAE ...
Asesoraos bien y estar en contacto de las ultimas noticias en webs como ADICAE ...
http://colectivos.adicae.net/plantilla.php?id=42
referencias:
El tribunal constitucional ha obligado a algunas entidades a eliminar dicha clausula (aunque por ahora no se reembolsará lo cobrado indebidamente). Luchemos por recuperar lo nuestro y que no nos hagan pagar lo que ellos se han llevado, se llevan y se seguirán llevando.
http://www.ocu.org/dinero/hipotecas/noticias/supremo-clausula-suelo
Aquí tenéis también unos enlaces de FACUA para obtener información relevante:
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=7545
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=7451
--------------------------
MAS TRANSPARENCIA, MENOS CORRUPCIÓN. QUE PAGUEN LOS QUE DEBEN Y NO LOS MAS DEBILES O DESPROTEGIDOS FRENTE A LA LEY (ELLOS MISMOS)
Máxima difusión,
aquí la sentencia del Tribunal Supremo sobre la Clausula Suelo.
http://s01.s3c.es/imag/doc/
1er paso:
Que esta sentencia se aplique no solo a estos bancos sino CONTRA TODOS LOS QUE HAN ABUSADO DE LA NECESIDAD DE LOS COMPRADORES Y DE AQUELLOS QUE SOLO QUERÍAN TENER UN HOGAR PARA TENER FAMILIA y que podrían pagar una hipoteca justa, pero no la que nos están EXIGIENDO PAGAR.
2º paso
Si no se devuelve el dinero cobrado abusivamente a los usuarios en pago único e inmediato, que se haga realizando un descuento en el capital a devolver y se recalcule el pago mensual SIN LA CLAUSULA ABUSIVA DE SUELO.
· En mi caso tengo un suelo del 3.5 y un techo del 14%, ¡¡INCREIBLE!!
En el momento económico en el que se encuentra España, y después de que el telediario nos bombardee diariamente con noticias sobre casos de corrupción y apropiación indebida de dinero público. Ningún organismo público de libra de la corrupción desde el poder judicial, al polítco y hasta vínculos de la casa real, nuestros ayuntamientos están rebosantes de cargos sin cualificación elegidos a dedo y que las cajas y bancos hallan sido los mas fieles aliados de partidos políticos que hacen y deshacen a su antojo, aún quieren hacernos creer que ésta situación es culpa de los ciudadanos y nos intentan vender que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades. Esto se encargan de notificarlo políticos que declaraban públicamente que con sus apenas 5000 € de sueldo mensual también tenían problemas para llegar a fin de mes. Èsta es la realidad de nuestro país y nuestra Europa, mientras millones de familias viven exprimidas por sus decisiones y las empujan literalmente al vacío.
En ésta tesitura para aquellos que quieran eliminar de su hipoteca la clausula abusiva de suelo deben:
1º - Interponer una reclamación contra su banco dirigida al departamento de atención al cliente.
Se adjuntarán datos personales, documentación como escrituras .. y nos quedaremos con una copia sellada para probar la fecha de entrega. Alegaremos lo abusivo de dicha clausula y en caso de no habérsenos entregado una documento (oferta vinculante) previo a la firma de notaria donde se nos explicaba las condiciones de nuestra hipoteca, también lo alegaremos. Haremos referencia a que dicha clausula convierte nuestra hipoteca en un hipoteca de interés FIJO en lugar de variable (como normalmente son: Euribor + diferencial) y que distorciona por tanto el carácter del acuerdo y no se rige por las condiciones del mercado. Os habrán puesto un techo enorme astronómico (del 11% ..) alegarlo también. Podéis encontrar modelos por internet para tener una plantilla de comienzo o algunas ideas. Vuestra entidad también podrá entregaros un formulario estándar para presentar las quejas.
2º Si os contesta con negativa o pasan dos meses desde vuestra alegación contra la entidad y no responden: Reclamación del mismo modo presentada ante el banco de España. Puede presentarse teleematicamente con el DNI-e o certificado digital. :
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/
CUIDADO CON LOS ACUERDOS PRIVADOS QUE OS PUEDAN OFRECERE LAS ENTIDADES SI INTERCEDE EL BANCO DE ESPAÑA. INTENRARÁN VOLVER A ENGAÑAROS Y QUITARSE UNA RECLAMACIÓN. NO PODEIS INTERPONER UNA RECLAMACIÓN POR EL MISMO MOTIVO Y MISMA ENTIDAD DOS VECES ANTES EL BANCO DE ESPAÑA.
Yo tengo un suelo de 3.5 % y techo del 14% me han ofrecido una cruel rebaja al 2,75 durante un año para que quitase la reclamación.
Llegados a este punto: si el informe del banco de España es favorable (resuelve falta de transparencia ...) podeis optar por la vía judicial a nivel individual (ESTO CONLLEVA COSTES) o através de asociaciones colectivas como ADICAE ...
Asesoraos bien y estar en contacto de las ultimas noticias en webs como ADICAE ...
http://colectivos.adicae.net/plantilla.php?id=42
referencias:
El tribunal constitucional ha obligado a algunas entidades a eliminar dicha clausula (aunque por ahora no se reembolsará lo cobrado indebidamente). Luchemos por recuperar lo nuestro y que no nos hagan pagar lo que ellos se han llevado, se llevan y se seguirán llevando.
http://www.ocu.org/dinero/hipotecas/noticias/supremo-clausula-suelo
Aquí tenéis también unos enlaces de FACUA para obtener información relevante:
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=7545
Vulneran la legislación de defensa de los consumidores
FACUA reclama a las comunidades autónomas multas a una veintena de bancos por sus cláusulas suelo
Exige a las autoridades de protección al consumidor que asuman sus competencias sancionadoras ante uno de los mayores fraudes financieros que se han producido en España.
FACUA.org - España - 29/04/2013

FACUA-Consumidores en Acción reclama a las autoridades autonómicas de consumo que multen a una veintena de bancos por las cláusulas suelo de sus hipotecas.
La asociación ha remitido este lunes a los organismos competentes de las diecisiete comunidades autónomas una nueva batería de denuncias contra Bankia, Caja España-Duero, Novagalicia Banco (antes Caixa Galicia), Cajasur (del grupo Kutxabank), Banco Pastor (del grupo Banco Popular), Banco Gallego, Cajamar Caja Rural, Banco Etchevarría, Caja Granada (del grupo Banco Mare Nostrum), Arquia, SabadellAtlántico y Caixa Penedès (ambas del grupo Banco Sabadell) y las entidades Banco Castilla-La Mancha CCM, Caja de Extremadura y Cajastur (del grupo Liberbank).
Se suman a las presentadas por FACUA a finales de marzo contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular.
Exige a las CCAA que asuman su potestad sancionadora
FACUA exige a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que asuman su potestad sancionadora ante prácticas que vulneran la legislación de defensa de los consumidores.
Así, reclama que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen multas proporcionales al beneficio obtenido con uno de los mayores fraudes financieros que se han producido en España.
FACUA invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para continuar a ampliar el número de bancos denunciados.
FACUA argumenta la ilegalidad de las cláusulas suelo y las competencias de las autoridades de consumo para intervenir en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Trlgdcu) aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
FACUA recuerda que la directiva europea establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
Ya en 2009, la asociación pidió al Instituto Nacional del Consumo (INC) que actuase contra estas cláusulas, pero el organismo se desentendió del asunto derivándolo al Banco de España, que no puso objeción a su aplicación con el argumento de que eran el resultado de una supuesta negociación entre el usuario y la entidad bancaria. Fue uno más de los muchos casos en que los organismos competentes miraron hacia otro lado ante los abusos financieros.
El Banco de España dice que si es abusiva, las autoridades de consumo pueden multar
En las últimas semanas, el Banco de España ha señalado, en respuesta a una reclamación de FACUA, que"no puede pronunciarse" sobre el posible carácter abusivo de estas cláusulas en función de lo establecido en la normativa de consumo al no ser un asunto de su competencia.
En este sentido, indica que "la atribución y calificación del carácter abusivo de una cláusula contractual", al amparo de lo dispuesto en el Trlgdcu "corresponde sancionarlo a las autoridades específicamente competentes en esa materia, o genéricamente a los órganos jurisdiccionales de la Administración de Justicia".
Han impedido beneficiarse de las bajadas del euríbor
Un altísimo porcentaje e los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar. En un estudio realizado por FACUA en 2011, más de la mitad de los préstamos analizados incluían cláusulas suelo.
Estas cláusulas han impedido que los usuarios se beneficiaran de las bajadas del euríbor. Y es que al revisarse anualmente el tipo aplicable, se toma como referencia el porcentaje establecido como suelo en los casos en que la suma del euríbor más el diferencial que figure en el contrato estén por encima de aquél.
Frente a la cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.
FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.
Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.
Son abusivas porque vulneran la legislación de consumo
En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.
El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.
Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".
La asociación ha remitido este lunes a los organismos competentes de las diecisiete comunidades autónomas una nueva batería de denuncias contra Bankia, Caja España-Duero, Novagalicia Banco (antes Caixa Galicia), Cajasur (del grupo Kutxabank), Banco Pastor (del grupo Banco Popular), Banco Gallego, Cajamar Caja Rural, Banco Etchevarría, Caja Granada (del grupo Banco Mare Nostrum), Arquia, SabadellAtlántico y Caixa Penedès (ambas del grupo Banco Sabadell) y las entidades Banco Castilla-La Mancha CCM, Caja de Extremadura y Cajastur (del grupo Liberbank).
Se suman a las presentadas por FACUA a finales de marzo contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular.
Exige a las CCAA que asuman su potestad sancionadora
FACUA exige a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que asuman su potestad sancionadora ante prácticas que vulneran la legislación de defensa de los consumidores.
Así, reclama que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen multas proporcionales al beneficio obtenido con uno de los mayores fraudes financieros que se han producido en España.
FACUA invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para continuar a ampliar el número de bancos denunciados.
FACUA argumenta la ilegalidad de las cláusulas suelo y las competencias de las autoridades de consumo para intervenir en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Trlgdcu) aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
FACUA recuerda que la directiva europea establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
Ya en 2009, la asociación pidió al Instituto Nacional del Consumo (INC) que actuase contra estas cláusulas, pero el organismo se desentendió del asunto derivándolo al Banco de España, que no puso objeción a su aplicación con el argumento de que eran el resultado de una supuesta negociación entre el usuario y la entidad bancaria. Fue uno más de los muchos casos en que los organismos competentes miraron hacia otro lado ante los abusos financieros.
El Banco de España dice que si es abusiva, las autoridades de consumo pueden multar
En las últimas semanas, el Banco de España ha señalado, en respuesta a una reclamación de FACUA, que"no puede pronunciarse" sobre el posible carácter abusivo de estas cláusulas en función de lo establecido en la normativa de consumo al no ser un asunto de su competencia.
En este sentido, indica que "la atribución y calificación del carácter abusivo de una cláusula contractual", al amparo de lo dispuesto en el Trlgdcu "corresponde sancionarlo a las autoridades específicamente competentes en esa materia, o genéricamente a los órganos jurisdiccionales de la Administración de Justicia".
Han impedido beneficiarse de las bajadas del euríbor
Un altísimo porcentaje e los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar. En un estudio realizado por FACUA en 2011, más de la mitad de los préstamos analizados incluían cláusulas suelo.
Estas cláusulas han impedido que los usuarios se beneficiaran de las bajadas del euríbor. Y es que al revisarse anualmente el tipo aplicable, se toma como referencia el porcentaje establecido como suelo en los casos en que la suma del euríbor más el diferencial que figure en el contrato estén por encima de aquél.
Frente a la cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.
FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.
Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.
Son abusivas porque vulneran la legislación de consumo
En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.
El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.
Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".
https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=7451
Las autoridades de consumo deben asumir sus competencias
FACUA denuncia las cláusulas suelo ante las 17 comunidades autónomas y exige sanciones contundentes
Presenta denuncias contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular. Prepara acciones contra otras entidades.
FACUA.org - España - 20/03/2013

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado las cláusulas suelo de las hipotecas ante las diecisiete comunidades autónomas.
La asociación exige sanciones proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas por la banca con esta cláusula abusiva y los beneficios económicos que le viene reportando al impedir que los usuarios se hayan beneficiado de las bajadas del euríbor.
FACUA ha remitido una primera batería de denuncias a las diecisiete autoridades de consumo autonómicas contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular.
La asociación, que prepara acciones contra otras entidades, invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para contribuir a ampliar el número de bancos denunciados.
Les pide que asuman sus competencias
En las denuncias, FACUA reclama a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen sanciones contundentes.
FACUA argumenta la ilegalidad de las cláusulas suelo y las competencias de las autoridades de consumo para intervenir en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuariosl aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Ya en 2009, la asociación pidió al Instituto Nacional del Consumo (INC) que actuase contra estas cláusulas, pero el organismo se desentendió del asunto derivándolo al Banco de España, que no puso objeción a su aplicación con el argumento de que eran el resultado de una supuesta negociación entre el usuario y la entidad bancaria. Fue uno más de los muchos casos en que los organismos competentes miraron hacia otro lado ante los abusos financieros.
Han impedido beneficiarse de las bajadas del euríbor
Un altísimo porcentaje e los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar (ver estudios de FACUA de2010 y 2011). Esto viene impidiendo que al revisarse anualmente el tipo aplicable se tome como referencia el euríbor más el diferencial que aparecen en el contrato si están por debajo del suelo.
Frente a esta cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.
FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.
Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.
Por qué son abusivas
En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.
El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.
Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".
Por su parte, FACUA señala que la directiva europea sobre cláusulas abusivas establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
La asociación exige sanciones proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas por la banca con esta cláusula abusiva y los beneficios económicos que le viene reportando al impedir que los usuarios se hayan beneficiado de las bajadas del euríbor.
FACUA ha remitido una primera batería de denuncias a las diecisiete autoridades de consumo autonómicas contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular.
La asociación, que prepara acciones contra otras entidades, invita a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para contribuir a ampliar el número de bancos denunciados.
Les pide que asuman sus competencias
En las denuncias, FACUA reclama a las agencias, institutos, direcciones y secretarías generales de consumo de las comunidades autónomas que, en el ejercicio de sus competencias, declaren abusivas las cláusulas suelo, insten a los bancos al cese de las prácticas y la devolución de las cantidades cobradas irregularmente a los usuarios y apliquen sanciones contundentes.
FACUA argumenta la ilegalidad de las cláusulas suelo y las competencias de las autoridades de consumo para intervenir en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuariosl aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Ya en 2009, la asociación pidió al Instituto Nacional del Consumo (INC) que actuase contra estas cláusulas, pero el organismo se desentendió del asunto derivándolo al Banco de España, que no puso objeción a su aplicación con el argumento de que eran el resultado de una supuesta negociación entre el usuario y la entidad bancaria. Fue uno más de los muchos casos en que los organismos competentes miraron hacia otro lado ante los abusos financieros.
Han impedido beneficiarse de las bajadas del euríbor
Un altísimo porcentaje e los préstamos hipotecarios a interés variable concedidos en los últimos años incoporan una cláusula por la que se establece un interés mínimo a aplicar (ver estudios de FACUA de2010 y 2011). Esto viene impidiendo que al revisarse anualmente el tipo aplicable se tome como referencia el euríbor más el diferencial que aparecen en el contrato si están por debajo del suelo.
Frente a esta cláusula suelo, las entidades financieras o bien no incluyen como contrapartida un tipo de interés máximo o cláusula techo, o ésta sí aparece en los contratos pero implica un tipo de interés desproporcionadamente alto, que en ningún caso se ha alcanzado teniendo en cuenta la evolución del euríbor en los últimos años y los diferenciales incluidos en las hipotecas.
FACUA argumenta en sus denuncias que las citadas cláusulas suelo han sido impuestas por las entidades financieras en sus contratos de préstamos hipotecarios sin que el usuario tuviese capacidad de negociación al respecto, con el claro objetivo de beneficiar al banco, introduciendo una clara situación de desequilibrio entre el prestador del servicio y el usuario.
Prueba de la ausencia de buena fe por parte de los bancos es que el techo establecido en los contratos que lo incluyen no es en ningún caso proporcional al suelo. Para que lo fuese, en el momento del contrato la diferencia a la baja entre el suelo y el euríbor más el diferencial tendría que haber sido la misma que la diferencia al alza entre éste y el techo.
Por qué son abusivas
En sus denuncias, FACUA recuerda que en estas cláusulas se producen los tres requisitos que para ser consideradas abusivas establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: que no exista negociación individual, que se produzca en contra de la buena fe un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes y que las circunstancias concurrentes en el momento de la firma del contrato así como todas las demás cláusulas del mismo lleven a esta conclusión.
El apartado 4 del artículo 82 de la citada ley, referido a la lista de cláusulas abusivas recogida en los artículos 85 a 90 del mismo, plantea que "en todo caso son abusivas", entre otras, las que "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", recuerda la asociación.
Asimismo, las citadas cláusulas también pueden encuadrarse en el supuesto que contempla el apartado 5 del artículo 87 de la ley, referido a las cláusulas abusivas por falta de reciprocidad: "son abusivas las cláusulas que determinen la falta de reciprocidad en el contrato, contraria a la buena fe, en perjuicio del consumidor y usuario".
Por su parte, FACUA señala que la directiva europea sobre cláusulas abusivas establece en su artículo 7 que los Estados miembros deben velar por que las organizaciones que tengan un interés legítimo en la protección de los consumidores puedan acudir a los órganos administrativos competentes "con el fin de que estos determinen si ciertas cláusulas contractuales, redactadas con vistas a su utilización general, tienen carácter abusivo y apliquen los medios adecuados y eficaces para que cese la aplicación".
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MAS TRANSPARENCIA, MENOS CORRUPCIÓN. QUE PAGUEN LOS QUE DEBEN Y NO LOS MAS DEBILES O DESPROTEGIDOS FRENTE A LA LEY (ELLOS MISMOS)
martes, 14 de mayo de 2013
Trnd Marketing participativo
Si quieres ser el primero en enterarte de los productos mas recientes y novedosos del mercado y tener la posibilidad de compartir esa experiencia con tus amigos y familiares en http://www.trnd.es//
tienes tu oportunidad. Entra y descubre una forma fácil y divertida de conocer de primera mano los nuevos productos que pueden ser indispensables en tu cesta de la compra desde que los conozcas.
Actualmente existe una campaña de arroz Brillante que permitirá conocer a los participantes las ventajas e inconvenientes de éste producto y poder difundirla entre su círculo.
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sábado, 9 de febrero de 2013
Jugar al Ajedrez por internet gratis

Para los aficionados al ajedrez, aquí tenéis un enlace para poder jugar online contra otros jugadores.
No es necesario registrarse si no queremos.
http://www.ajedrezonline.com/jeu-en-direct/index.php
si no queréis dedicar tiempo a registrarse podéis acceder desde la opcion: Jugar via ChessPlayer 2.70 => pinchando en UNIRSE A LA ZONA. Se nos abrirá un pop up (nueva página del navegador) seguir los pasos que nos va indicando hasta tener el pantalla el tablero.
Necesitamos tener instalado Java para poder jugar que es gratuito.
¿Mueves?
sábado, 2 de febrero de 2013
Robot aspirador
Este año hemos decidido regalarnos por los reyes "tiempo" y hemos comprado un robot aspirador. Después de estar comparando varios modelos nos hemos decidido por el Diábolo Plus de Palson, aquí dejo un enlace de la web oficial por si alguien tiene interés en conocer algo más:
http://www.palson.com/es/home/hogar/robots-aspiradores/item/robot-aspirador-inteligente-diabolo-plus?category_id=8
Nosotros lo adquirimos por internet y nos salió sobre unos 160€ aprox. Éste robot aspira por la casa a sus anchas toda la suciedad. Tiene una autonomía aproximada de unos 90 minutos y lo mejor de todo es que cuando se va quedando sin batería "él" mismo se va en busca de la estación de carga y se pone en carga para continuar una vez cargado. Tiene mando a distancia que te permite dirigirlo y programar los días de la semana que quieres que realice el programa de limpieza (ésta funcionalidad no la solemos usar) así como una "pared virtual" para limitar su funcionamiento a una zona deseada. Además tiene un detector que evita que se caiga por las escaleras y permite dejarlo tranquilamente limpiando en la planta superior de una vivienda.
La verdad es que estamos muy contentos y creo que estos robots serán el "microondas del siglo 21". De hecho tuvimos un pequeño problema con el robot y se nos hacia pesado la limpieza de la casa después de llegar a casa de trabajar todo el día. Es muy cómodo porque lo dejamos funcionando mientras hacemos cualquier cosa que nos apetezca y después basta con pasar la fregona. Existen robots que también limpian pero a día de hoy son un poco caros. Éste robot es una buena opción en relación calidad precio. ¡¡A disfrutar de nuestro tiempo libre!!
http://www.palson.com/es/home/hogar/robots-aspiradores/item/robot-aspirador-inteligente-diabolo-plus?category_id=8
Nosotros lo adquirimos por internet y nos salió sobre unos 160€ aprox. Éste robot aspira por la casa a sus anchas toda la suciedad. Tiene una autonomía aproximada de unos 90 minutos y lo mejor de todo es que cuando se va quedando sin batería "él" mismo se va en busca de la estación de carga y se pone en carga para continuar una vez cargado. Tiene mando a distancia que te permite dirigirlo y programar los días de la semana que quieres que realice el programa de limpieza (ésta funcionalidad no la solemos usar) así como una "pared virtual" para limitar su funcionamiento a una zona deseada. Además tiene un detector que evita que se caiga por las escaleras y permite dejarlo tranquilamente limpiando en la planta superior de una vivienda.
La verdad es que estamos muy contentos y creo que estos robots serán el "microondas del siglo 21". De hecho tuvimos un pequeño problema con el robot y se nos hacia pesado la limpieza de la casa después de llegar a casa de trabajar todo el día. Es muy cómodo porque lo dejamos funcionando mientras hacemos cualquier cosa que nos apetezca y después basta con pasar la fregona. Existen robots que también limpian pero a día de hoy son un poco caros. Éste robot es una buena opción en relación calidad precio. ¡¡A disfrutar de nuestro tiempo libre!!
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Jesús Moreno - Ingeniero Ténico Informático - consultor Informático
Hola, soy Jesús Moreno Ingeniero Técnico Informático en sistemas por la US y propietario de éste blog. Mi trabajo en los ultimos años se ...

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